Página 82 - CEER Publicación 2015

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convenios colectivos de trabajo y algunas otras imposiciones como, en el
caso de Entre Ríos, la Ley Provincial 4.035.
Para estimar el costo de estas imposiciones adicionales hay que elegir un
sector de actividad, dado que varían en función del convenio colectivo
aplicable. Así entonces, tomando al trabajador más frecuente en el sector
privado formal, que sería un trabajador de comercio, la imposición total
tomando las cargas de seguridad social, sindicales y provinciales asciende a
65% del salario de bolsillo. O sea, para no perder dimensión de la poca
racionalidad de esta carga contributiva, de cada $100 que un trabajador de
comercio se lleva a su casa, el comerciante que le da el empleo debe pagar
de cargas sociales y sindicales $65. Esto es una potente penalización al
empleo registrado.
Cuadro 1. Ejemplo de brecha entre salario de bolsillo y costo laboral
para un trabajador de comercio
Sueldo de convenio. Categoría Administrativo A // Marzo 2015.
Salario bruto
8.589
Menos:
ANSES
11,0%
945
PAMI
3,0%
258
Obra Social
3,0%
258
Ley 4035 (Entre Ríos) 0,6%
52
Sindicato
2,5%
215
Salario de bolsillo
6.863
A
Mas:
ANSES
16,0%
1374
PAMI
1,0%
86
Obra Social
6,0%
515
Riesgo Trabajo
3,3%
283
Ley 4035 (Entre Ríos) 1,5%
129
La Estrella
3,5%
301
INACAP
0,5%
43
Costo laboral total
11.320
B
Brecha de costo laboral
65%
(B - A) /
A
Fuente: elaboración propia en base a legislación vigente y
convenio colectivo de comercio
Se entiende que estos aportes no deberían ser considerados “impuestos”
dado que tienen asociados un beneficio presente o futuro. Sin embargo, con
las reformas introducidas en la última década en el sistema de seguridad