Página 208 - CEER Publicación 2015

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En cuanto a las obligaciones tributarias del empleador se deberían incrementar
los montos mínimos para calificar como monotributista, para unificar los
parámetros del impuesto con la realidad de los micro emprendedores, y además
establecer una regla de ajuste automático para evitar que la inflación los
desactualice una y otra vez.
Para el empleador de pequeñas y medianas empresas se debería actualizar no
sólo los mínimos no imponibles del impuesto a las ganancias sino además los
montos determinativos de las alícuotas del impuesto. Al igual que con el
monotributo, estos parámetros quedaron desactualizados con la inflación y ahora
imponen una presión impositiva elevada, no por mayor ingreso real, sino por el
mero efecto del aumento de precios.
También se debería igualar el mínimo no imponible del trabajador autónomo
con el del asalariado dado que actualmente el primero tributa mucho más que el
segundo, lo que termina conformando una penalización impositiva para el
emprendedor productivo.
En la parte que corresponde al empleador y trabajador como responsables ante la
seguridad social, para los monotributistas se podría pensar en un esquema de
mínimo no imponible sobre la masa salarial; esto es, los pequeños micro
emprendimientos comenzarían a pagar cargas sociales a partir de un
determinado nivel de masa salarial (supóngase $30.000 mensuales) lo que
quitará presión impositiva de salarios sobre los pequeños emprendimientos que
inician su fase de despegue productiva, gravando en el margen sólo a
emprendimientos de alta capacidad de ingresos. Este es un sistema que funciona
con excelentes resultados en Australia.
Para las pequeñas y medianas empresas, las cargas sociales deberían
transformarse progresivamente en un esquema de pago de cargas sociales como
adelanto de IVA. De esta forma, se le quita el componente distorsivo a los
impuestos al trabajo y, además, se incentiva el “blanqueo” productivo dado que
la forma para las empresas de recuperar las cargas sociales pagadas es cobrando
IVA, o sea, emitiendo facturas y registrando sus operaciones. De aquí que este
sistema es muy virtuoso porque al poder tomar las cargas sociales como
adelanto de IVA se incentiva el cobro de este impuesto pero a su vez incrementa
automáticamente la recaudación del impuesto a las ganancias por el mayor
margen que se produce al poder descargar en IVA las cargas sociales. En el
fondo, el cambio haría que se tribute menos sobre el empleo y más sobre IVA,
ya que el IVA distorsiona menos las decisiones de producción, y sobre
ganancias, que es el impuesto que más contribuye a la distribución de ingresos.
Para la empresa (y la sociedad) el beneficio consistirá en que no se tributaria por
el número de trabajadores y el nivel de salarios que se abone a los empleados
sino sobre el desempeño de la unidad productiva.