Si ambas comparaciones se hacen con Córdoba y Santa Fe, las conclusiones son
análogas. En ambas provincias –por tener mayor productividad– el peso relativo
de los salarios de convenio implica menor esfuerzo financiero por parte de las
empresas.
Estos dos ejemplos muestran que la debilidad de tener que enfrentar iguales
reglas salariales teniendo diferentes productividades impone la amenaza de que
la inversión intensiva en mano de obra, o aquella que brinda empleos a personas
con niveles bajos y medios de calificación, se instalen en otras provincias.
El perjuicio para Entre Ríos es importante, porque este tipo de inversión es el
que genera empleos productivos para personas con bajos niveles de educación,
que muchas veces son mujeres adultas que buscan salir de la inactividad o
jóvenes que quieren hacer su primera entrada al mercado laboral para poder
hacerse de dinero y seguir estudiando. En cierta forma, como se dijo en el
capítulo laboral, las bajas tasas de participación entre jóvenes y mujeres adultas
se explica en parte por esta inconsistencia de reglas salariales igualitarias
(fijadas por la Nación) cuando la realidad es que las productividades locales son
desiguales.
La otra gran debilidad que enfrenta Entre Ríos son las reglas impositivas fijadas
por la Nación para contratar empleo asalariado registrado. Este tema fue tratado
en detalle en el capítulo laboral, pero a modo de resumen el problema consiste
en que lo que el empleador paga por encima del salario que el trabajador obtiene
como remuneración llega a ser prácticamente equivalente al 60% del salario de
bolsillo. No es difícil darse cuenta que esta carga de impuesto sobre el salario es
letal para formalizar en el sector privado, fundamentalmente en las pequeñas
empresas.
Hay quienes esgrimen que estas imposiciones sobre el salario son justificadas,
considerando que conllevan asociadas como contrapartida beneficios sociales
para el trabajador. En este sentido, hay evidencias contundentes que permiten
disentir con esta corriente de pensamiento y se presentan a continuación.
En teoría, las cargas deberían tener asociados beneficios sociales; en la práctica,
los beneficios de pagar los aportes personales y las contribuciones patronales a
la seguridad social se encuentran muy diluidos. La mejor forma de corroborar
esta disociación entre el pago de las cargas sociales y el acceso a beneficios
sociales es mediante la comparación entre el sistema contributivo de seguridad
social y el sistema no contributivo de asistencia social (Cuadro 4).